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jueves, 30 de agosto de 2012

Sin derecho a asistencia sanitaria? Caso práctico:

 El Ministerio dirigido por la inefable Fátima Báñez, alias Lady Bubble Shooter, nos ofrece un nuevo servicio telemático consistente en la posibilidad de consultar si tenemos o no derecho a asistencia sanitaria, tanto como titular o beneficiario del mismo. El trámite se hace a través de la web de la Seguridad Social y se puede hacer sin certificado digital desde aquí. Se rellena el formulario y con el número de referencia puede consultar en unos minutos el estado de la solicitud.
El caso es que mi naturaleza curiosa hizo que en cuanto me enteré de la noticia consultara si tengo derecho o no a la asistencia sanitaria. No debería, pues cumplo los requisitos para tenerla de esta Ley, de la anterior y de las próximas dos o tres reformas futuras. Así que relleno mis datos, espero unos minutos y cuando consulto… ¡no me localizan como asegurado! Los posibles motivos por los que puede ocurrir esto según las SS son:
  • por no constar en nuestro sistema informático su completa identificación, en cuyo caso debe acreditar su identidad presentándose con su DNI o NIE en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social;
  • en el caso de ciudadanos extranjeros, por no constar autorización de residencia legal en España, en cuyo caso deberá efectuar los trámites necesarios ante los organismos competentes en materia de extranjería para acreditar esta circunstancia con carácter previo a solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria;
  • por ostentar ya el derecho a la asistencia sanitaria por otra vía (MUFACE, MUGEJU, ISFAS…).
Teniendo en cuenta que no soy ciudadano español y que estoy afiliado al Régimen General, ¿me están diciendo que me tengo que presentar en una oficina de las SS para que verifiquen que estoy en situación de alta? Ante esto mi primera reacción ha sido lógicamente ver mi situación respecto a la afiliación en las SS, y como era de esperar estoy de alta y cotizando religiosamente. Todo esto no pasaría de un típico y tópico error que me ha tocado a mí, si no fuera porque he consultado otros dos casos similares al mío y el resultado ha sido el mismo: no se localiza a esas personas como asegurados. Haciendo la prueba con una persona jubilada en cambio sí que aparece como asegurada y sin tener que realizar acción ninguna.
Así que toca preguntarse si esto responde a algo pensado para que media España pase por las oficinas de las SS con el documento de identificación en la boca, cosa poco probable, o que ha sido un error y la consulta da el mismo resultado a ciertos colectivos. En mi caso serían todos mayores de 26 años y se consultarían como titulares del derecho.
En fin, que mola el hecho de que las SS se hagan la guay con su Administración Electrónica con este trámite telemático y que luego funcione de esta manera. Porque si son incapaces de detectar que estoy en situación de alta entonces la chapuza es notoria, no sé qué datos están cruzando para tardar tanto. Así que recomiendo consultar si tienen derecho a asistencia y difundir esta circunstancia si detectan la misma incidencia que yo. No sea que a partir del 1 de septiembre se vayan ustedes a la consulta y salgan con una factura. O bien si tienen alguna explicación sobre esto, expresarla en los comentarios del blog.
Actualización 17/08/2012: Hoy me he pasado por una oficina de las SS a ver si aclaraba algo del asunto, esas cosas que se me ocurren cuando me aburro. El caso es que me presento en la oficina determinada, porque no vale cualquiera amigos, hay que ir a un Centro de Atención e Información (CAISS). ¿Y qué me encuentro? Pues que no puedes ir así a tu libre albedrío a informarte del asunto, sino que es imprescindible al parecer pedir cita previa. De hecho el guardia de seguridad de la oficina tenía preparados unos papelitos para entregar a todo panoli que como yo se acerque a preguntar por el asunto:
Así que ya sabeis alguna cosa más, que vivo en la Comunidad de Madrid ;-P. También que el hecho de que muchas personas no aparezcan como aseguradas en la web de la Seguridad Social no es en absoluto ningún error ni es casual.
Lo más lamentable es que esto se esté llevando de manera tan cutre y cuasi-secreta, cuando debería ser comunicado y difundido por el propio Ministerio de Lady Bubble Shooter. Porque desde la ignorancia planteo, ¿qué ocurre si en septiembre el que no figure como asegurado bajo esta consulta necesita asistencia médica? Y es que estos del Partido Proletario cuando ponen en práctica eso que dice de “ssshhhhimplificar processshhhosshhhh adminisshhhhvoshhh” y evitar “duplicidadesssshhh en la Adminisssshhhtración” demuestran ser unos auténticos patanes. De hecho ya comenté hace mucho tiempo que Mariano Rajoy es tan anormal que hace poco hablaba de que había varias ventanillas para la misma cosa cuando fue él mismo el Ministro que puso en marcha la Ventanilla Única. Esto nos muestra lo “competente” que es Mariano es sus obligaciones.
Otra nueva actualización cuando pase de nuevo por la oficina.
Actualización 21/08/2012: Nuevo giro en los acontecimientos. Hoy tenía cita para solucionar mi supuesta incidencia con mi condición de asegurado, supuesta digo porque al consultar con la persona de la oficina de las SS me dice que todo está OK y que como era lógico estoy en activo y por lo tanto debería tener derecho. Esta historia de que los que estamos en activo salgamos como sin derecho a asistencia en la web le ha sonado a chino, tan a chino que hasta la pobre ha ido a consultarlo con el responsable por si esto era algo que desconocía. Y el mismo le ha dicho que no soy el primero que viene con el mismo problema. Así que en principio aunque en esta consulta uno salga como sin derecho, debería tenerlo si cumple los requisitos del Decreto. Claro que ante circunstancia ya uno no sabe qué se encontrará a partir del 1 de septiembre.
En fin, que una nueva chapuza más de nuestra Administración de la que poca culpa tienen los curritos y muchas los inútiles de los libre designados que asolan nuestras A.A.P.P.

nomejodasquemeincomodas.wordpress.com

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